Que pasa con las Fundaciones como la de Bill Gate que mueven recursos por $31.000 millones de dolares...Es una tendencia llamada Filantrocapitalismo.
En Faircompanies pueden acceder a un trabajo sobre el tema.
- Caritas Chile Araucania.
- Censol
- Iglesia Jesucristo es El señor.
- Asociacion Gremial Xayenco.
- Club Deportivo Coipolafquen.
Les recomiendo a las personas que buscan asesorías de Fundraising en Chile visiten el Blog de la solidaridad, es una creación del consultor Gonzalo Ibarra, quien además, entrega aportes en el area de las ONG.
La Camara de Diputados discutió la Ley sobre asociación y Participación el dia 7 de Marzo del 2007 . Para los que deseen ver el proyecto de ley esta aqui. Me encuentro revisando la ley, espero poder aportar un resumen para los próximos dias.
Entre las innovaciones que presenta el Proyecto esta el establecer que los sostenedores privados de establecimientos educacionales sean PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO CON GIRO EXCLUSIVO.El articulo 44 del proyecto señala a quienes el Ministerio de educación dara reconocimiento como establecimiento de educacion parvularia, basica y media, y dice "letra a) Tener un sostenedor. Seran sostenedores las personas jurídicas de derecho publico, tales como Municipalidades y otras entidades creadas por ley, y las Corporaciones y Fundaciones cuyo objeto social único sea la educacion. "
Esto implica que los actuales sostenedores privados, sean corporaciones y fundaciones, deberán modificar sus estatutos o crear nuevas instancias para dar cumplimiento a la normativa. (Un proceso similar a lo producido por las OTEC en el ultimo año).
El plazo establecido para esta adecuación es de 4 años desde que el proyecto entre en vigencia.
El Consejo de Defensa del Estado, quien es el que emite los informes
legales respecto a la constitución de Corporaciones, ha reiterado en
varias resoluciones que los Directores no pueden ser remunerados. El
fundamento, no se encuentra en la ley, se recurre al espíritu de la
norma el cual apunta al hecho que se desvirtuaría el sentido de no ser
lucrativa la actividad de una Corporación.
Lo que pueden percibir
los Directores son viáticos, los que deberán ser específicos y fundados
en actividades que tiendan a los fines de las organizaciones.
Hay, sin embargo, opiniones contrarias. Las que analizaremos en otra oportunidad.
Nuestra Constitución en su articulo 19 Nº 15 asegura el "derecho a asociarse sin permiso previo", las regulaciones apuntan a evitar
que una persona sea obligada a pertenecer a una entidad, y no restringe
la opción a pertenecer a mas de una. No existe prohibición expresa, y
en derecho privado se autoriza todo lo que no es prohibido expresamente.
Si desean mas información sobre asociaciones gremiales, el Ministerio
de Economia que es el ente encargado de su regulación ha habilitado un
sitio especial para las AG, este es asociaciones gremiales